Prórroga del Estado de Alarma hasta el 23 de mayo

Prórroga del Estado de Alarma hasta el 23 de mayo

Os informamos que hoy ha entrado en vigor una nueva prórroga del Estado de Alarma que será vigente desde las 00.00 horas del día 10 de mayo de 2020 hasta las 00.00 horas del día 24 de mayo de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en las disposiciones que lo modifican, aplican y desarrollan, sin perjuicio de lo establecido en los artículos siguientes.

Procedimiento para la desescalada:

 

En aplicación del Plan para la desescalada de las medidas extraordinarias adoptadas para hacer frente a la pandemia de Covidien-19, aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 28 de abril de 2020, el Ministro de Sanidad, a propuesta, en su caso, de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, ya la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, podrá acordar, en el ámbito de su competencia, la progresión de las medidas aplicables en un determinado ámbito territorial, sin perjuicio de las habilitaciones conferidas al resto de autoridades delegadas competentes. La regresión de las medidas hasta las previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se hará, en su caso, siguiendo el mismo procedimiento.

En el marco de las decisiones que se adopten sobre la progresión de las medidas de desescalada, las personas podrán desplazarse por el territorio de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que se determine al efecto del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de regreso al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, debido a fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las instrucciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Puede consultar el texto íntegro del RD clicando aquí

 

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