Medidas para la contención de la Covidien-19 aplicables a partir del 8 de febrero en Cataluña

Medidas para la contención de la Covidien-19 aplicables a partir del 8 de febrero en Cataluña

El 8 de febrero entran en vigor algunas modificaciones de las medidas especiales de contención de la Covidien-19 que os avanzamos a la espera de su publicación en el DOGC. Los cambios modifican algunos de los aspectos que ya recogían las resoluciones generales anteriores y estarán vigentes durante 14 días.

Actividades sociales
Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia.

No obstante, las reuniones y / o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.

Movilidad

Territorio de Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar.

Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.

Confinamiento nocturno

No se puede circular por la calle desde las 22:00 h a las 06:00 h, excepto por causas justificadas.

Empresas

Se debe hacer teletrabajo, excepto cuando no sea posible.

Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.

Hostalería

Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.

Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 h a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.

Actividades culturales

Abiertos: cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo.

Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.

Comercio y centros comerciales

30% del aforo en pequeño comercio y centros comerciales de menos de 400 m2 y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales.

Suspensión de la apertura de centros y recintos comerciales y de establecimientos y centros comerciales con superficie de venta mayor de 400 m2, excepto establecimientos que venden productos de primera necesidad y librerías.

Deporte

Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre abiertas con un aforo máximo del 50%, control de acceso y un máximo de 6 personas.

Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30%, limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales.

Reanudación de las competiciones que dan acceso a categorías estatales.

Actividades recreativas

Abiertos: parques infantiles hasta las 20 h, con un aforo del 50%.

Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.

Universidades y escuelas

Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso.

Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados, incluidas escuelas de música y danza autorizadas: reducción de la actividad presencial.

ESO, primaria e infantil: presencialidad llena.

Actividades extraescolares: abiertas las actividades extraescolares y deportivas que se realicen en los centros educativos con los grupos estables de convivencia de las actividades lectivas.

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