Ampliación del plazo o periodo de carencia préstamos ICO COVID-19

Ampliación del plazo o periodo de carencia préstamos ICO COVID-19

Os recordamos que hasta el 15 de mayo de 2021 está abierto el plazo de solicitud de ampliación de plazo y carencia en los préstamos ICO COVID-19.

Hay que tener en cuenta que, para poder solicitar la ampliación del plazo o periodo de carencia previstos, y como se indica en el mismo Real Decreto Ley 34/2020, de 17 de noviembre, el autónomo o empresa (de ahora deudor) deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el deudor solicite la ampliación a la entidad financiera que le concedió la financiación avalado.
  • Que la operación de financiación avalado no esté en mora (impagada más de 90 días), ni tampoco lo esté ninguno de financiaciones restantes otorgados por la entidad al mismo cliente.
  • No figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización de la extensión.
  • Que la entidad financiera no haya comunicado a la entidad que concede el aval hacia impago de la operación avalada con el deudor en la fecha de la formalización de la extensión.
  • Que el deudor no esté sujeto a un procedimiento concursal.
  • Que la financiación avalado, concedida en el marco de la Línea de Avales Liquidez del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, para la que se solicita la ampliación de plazos o periodo de carencia se haya formalizado antes del día 18 de noviembre de 2020.
  • Que el deudor, para solicitar la extensión del aval, con los límites establecidos en la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea.

 

Os enlazamos un modelo de carta, que puede resultaros útil a la hora de solicitar la ampliación de plazos y carencia:

Modelo ampliación préstamo ICO

 

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