30 Mar Aplazamiento de impuestos
Tal y como ya ocurrió el año pasado, las declaraciones de impuestos a presentar durante el mes de abril de 2021, es decir, todas las declaraciones del primer trimestre y las declaraciones de IVA mensuales correspondiente al mes de marzo, podrán solicitar un aplazamiento por un único plazo de seis meses siempre que:
- La empresa o autónomo no haya tenido en el ejercicio 2020 un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros.
- El conjunto de las cantidades a aplazar junto, en su caso, con los aplazamientos todavía vigentes, no supere los 30.000 euros (cifra que actuará como límite de las cantidades a aplazar en el caso de que haya un exceso)
En este caso excepcional, durante los primeros cuatro meses, no se devengarán intereses de demora
La solicitud de aplazamiento, se presentará junto con la declaración del impuesto correspondiente.
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