Nuevas medidas para la contención de la Covidien-19 aplicables en toda Cataluña

Nuevas medidas para la contención de la Covidien-19 aplicables en toda Cataluña

Desde hoy y hasta el 7 de marzo se flexibilizan algunas de las medidas para contener la Covidien-19:

Comercio y centros comerciales

30% del aforo en pequeño comercio, centros comerciales y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales.

Centros y recintos comerciales de más de 400 m²: aplicación del aforo sobre esta superficie máxima y medidas de ventilación reforzadas.

Hostelería

Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.

Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 h a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.

Continua suspendida la apertura al público de los locales y establecimientos de restauración integrados en centros, galerías o recintos comerciales.

Empresas

Fomentar el teletrabajo, excepto cuando no sea posible.

Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.

Mobilidad

Territorio de Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar.

Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.

Confinamiento nocturno

No se puede circular por la calle desde las 22h a las 6h, excepto por causas justificadas.

Actividades sociales

Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia.

No obstante, las reuniones y / o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.

Actividades culturales

Abiertos: cines, teatros, circos, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo.

Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.

Reanudación de las actividades formativas o educativas no regladas y el deporte escolar para jóvenes escolarizados a partir de secundaria siempre que mantengan los grupos de convivencia estable definidos para la actividad lectiva.

Universidades y escuelas

Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso.

Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados, incluidas escuelas de música y danza autorizadas: reducción de la actividad presencial.

ESO, primaria e infantil: presencialidad llena.

Actividades extraescolares: permitidas las actividades extraescolares, de ocio y deportivas dirigidas a ciclo infantil y primaria que se realicen dentro o fuera de los centros educativos con un máximo de 6 personas (a excepción de las que preserven el grupo burbuja).

Reanudación de las actividades no regladas y del deporte escolar para jóvenes a partir de secundaria siempre que mantengan los grupos de la actividad lectiva.

Permitidos los desplazamientos y salidas del centro escolar con pernoctación siempre que no rompan el grupo burbuja.

Deporte
Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre y piscinas abiertas con un aforo máximo del 50%.
Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30%. Sin ventilación y calidad del aire reforzada limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales.
Competiciones: sólo en categorías internacionales, profesionales, estatales y competiciones que dan acceso.

Actividades recreativas
Abiertos: parques infantiles hasta las 20 h, con un aforo del 50%.
Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.

Medidas para la contención de la Covidien-19 aplicables a partir del 1 de marzo en Cataluña (gencat.cat)

Puede consultar el texto íntegro de la resolución haciendo clic aquí

 

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