16 May Campaña de la AEAT referente al uso privado de vehículos de sociedades
En los últimos días, algunas empresas están recibiendo cartas de la Agencia Tributaria informando que tienen conocimiento de los vehículos que las sociedades tienen en propiedad y de los que dispone mediante contratos de leasing o de renting, para advertirlas de las consecuencias tributarias que tiene la cesión del uso de vehículos a los trabajadores de las empresas para su uso particular, que no es otra que la consideración como rendimiento del trabajo en especie de ese uso en la nómina del trabajador.
Recordemos que el valor de la retribución en especie será el 20% del coste de adquisición (vehículos de propiedad) o del valor de mercado como nuevo (vehículos en renting o leasing), incluidos gastos y tributos, como el IVA.
Si nos encontramos en casos de utilización mixta del vehículo, para fines de la empresa y para fines particulares del empleado, esta retribución en especie deberá ser proporcional a la disponibilidad del vehículo para fines particulares.
Aunque la carta manifiesta que es una simple comunicación informativa que no debe contestarse, no deja de ser una advertencia de cara a posibles actuaciones de control tributario posteriores.
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