Modificación del modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido

Modificación del modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido

Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral en la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.
– Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual en la autoliquidación de septiembre de 2024.

 

En el BOE de 5 de agosto se ha publicado la Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales; y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.

Esta Orden tiene por objeto adaptar el modelo 303 a la figura de la autoliquidación rectificativa introducida por la Ley 13/2023, de 24 de mayo y permitir la declaración en este modelo 303 de los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia introducidos por el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio.

La presente Orden se aplicará por primera vez a las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 303, correspondientes a los siguientes periodos de liquidación:

  1. Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual en la autoliquidación de septiembre de 2024.
  2. Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral en la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.

 

​Orden HAC/819/2024

BOE-A-2020-2381.pdf

BOE-A-2024-16129

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