Con el inicio del 2026 se incrementa el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que tiene como objetivo garantizar un reparto más equilibrado del peso de las pensiones de jubilación entre generaciones. Esta medida, orientada a asegurar y reforzar la almohada del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, entró en vigor en 2023, a pesar de haber sido aprobada mediante la disposición final cuarta de la Ley 21/2021. El MEI tendrá una vigencia de diez años, hasta 2032. A partir de 2026, se aplica un incremento del 0,9% sobre la base de contingencias comunes de las situaciones de alta o asimiladas al alta en el sistema de la Seguridad Social, siempre que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. De ese porcentaje, las empresas asumirán el 0,75% y las personas trabajadoras el 0,15% restante.
Quedan excluidas de la cotización del MEI, y por tanto no les es de aplicación esta medida, determinados colectivos de personas trabajadoras, como:
- las que cotizan exclusivamente por incapacidad temporal o por cotización por solidaridad;
- los colectivos que únicamente cotizan por contingencias profesionales;
- el alumnado de nuevo ingreso en el Ministerio de Defensa;
- personas participantes en programas de formación y prácticas no laborales.
La aplicación del MEI corresponde a la empresa, que es la encargada de incorporarlo directamente a las hojas de salario. En este sentido, se introducen dos nuevos conceptos:
- 555 MEI, cuando existe aportación empresarial y de la persona trabajadora.
- 557 MEI, cuando sólo existe aportación empresarial.