Se publican las nuevas restricciones vigentes entre el 21 de diciembre y el 11 de enero

Se publican las nuevas restricciones vigentes entre el 21 de diciembre y el 11 de enero

Os informamos que anoche se publicó en el DOGC la resolución RESOLUCIÓN SLT / 3354/2020 que recoge las nuevas medidas que se aplicarán a partir de mañana lunes, 21 de diciembre hasta el lunes, 11 de enero.

En cuanto a la movilidad:

  • Perímetro cerrado en toda Cataluña, excepto para los desplazamientos justificados y visitas al lugar de residencia habitual de familiares o personas cercanas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero.
  • Dentro del territorio se restringe al ámbito comarcal toda la semana. Además, los miembros de una burbuja de convivencia se pueden establecer en otra comarca (domicilio o alojamiento).
  • La zona transfronteriza entre Andorra y el Alt Urgell se asimila a una sola comarca.

En cuanto a la restauración:

Los establecimientos de hostelería y restauración pueden abrir con sujeción a las siguientes condiciones:

  • El consumo se debe realizar siempre en la mesa.
  • En el interior, el aforo se limita al 30% del autorizado y se debe garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Se debe garantizar la ventilación del espacio mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
  • En las terrazas se debe garantizar una distancia mínima debidamente señalizada de dos metros entre comensales de mesas o grupos de tablas diferentes.
  • Se limita a cuatro el número máximo de comensales por mesa o agrupación de tablas, a menos que pertenezcan a la burbuja de convivencia. Excepcionalmente, en los servicios correspondientes a las comidas de los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2020 y los días 1, 5 y 6 de enero de 2021, el número máximo de comensales por mesa o agrupación de tablas se establece en seis personas, a menos que sean convivientes, siempre que pertenezcan como máximo a dos burbujas de convivencia.
  • Se debe garantizar la distancia de un metro entre personas de una misma mesa, excepto para personas que pertenezcan a la burbuja de convivencia. El tipo y tamaño de mesa deben permitir que se garanticen estas distancias.
  • El servicio sólo se puede llevar a cabo de las 7:30 horas a las 9:30 horas y de las 13:00 horas a las 15:30 horas. Los clientes no podrán permanecer en el establecimiento fuera de estas franjas horarias.
  • Las actividades de restauración para servir a domicilio o para recogida de los clientes en el establecimiento se podrán llevar a cabo durante todo el horario de apertura del establecimiento, entre las 6 y las 22 horas para la recogida en el establecimiento y hasta las 23h para los servicios a domicilio. La restauración en áreas de servicio de vías de comunicación para profesionales de transporte no está sujeta a ninguna franja horaria.
  • Los establecimientos de hostelería pueden dar también servicio de restauración exclusivamente a las personas alojadas antes de las 21h.
  • Se deben cumplir siempre todas las indicaciones del Plan sectorial de la restauración aprobado por el Comité de Dirección del Plan de actuación del PROCICAT.
  • En este sentido, la consellera de Interior, anunció más controles policiales para asegurar el cumplimiento de las medidas por parte de bares y restaurantes.

En cuanto a las medidas especiales para los días más señalados de Navidad 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 6 de enero:

  • Los encuentros se limitan a un máximo de 10 personas, incluyendo niños, y 2 burbujas de convivencia.
  • El confinamiento nocturno para volver al domicilia se flexibiliza: noche de Navidad y de Año Nuevo hasta la 1h, y la noche de Reyes hasta las 23h.

El resto de medidas restrictivas continúan vigentes y se pueden consultar en este enlace.

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