Medidas para la contención de la pandemia que se aplicarán a partir del 7 de enero

Medidas para la contención de la pandemia que se aplicarán a partir del 7 de enero

A partir del 7 de enero entran en vigor medidas especiales para contener los datos epidemiológicos en Cataluña, que han experimentado un empeoramiento generalizado en las últimas semanas. El Gobierno ha presentado hoy un Plan de Choque del 7 al 17 de enero, aunque estamos a la espera de la publicación oficial en el DOGC.

Os señalamos algunas de las medidas más destacadas del Plan de Choque:

Actividad social
Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia.

Mobilidad
En Cataluña: Restringida la entrada y salida del territorio catalán sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar.
Municipio: confinamiento municipal de lunes a domingo, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar.

Se exceptúan de esta restricción la realización de actividad física y deportiva individual al aire libre entre municipios limítrofes.

Empresas
Se recomienda el teletrabajo, excepto cuando no sea posible. Se suspenden los congresos, las convenciones, ferias y actividades asimilables.

Hostalería
Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes.
Interiores: abiertos con un 30% del aforo.
Tanto en la terraza como en el interior se mantiene la limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de un mismo grupo burbuja, así como los horarios: de 7:30 a 9:30 y de 13 : 00 a 15: 30h. El resto del horario sólo se podrá recoger en establecimiento o entrega a domicilio.

Comercio y centros comerciales
Comercio de hasta 400 metros cuadrados
y centros comerciales de menos de 400 metros cuadrados y mercados no sedentarios: aforo del 30% y fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales.
Centros y recintos comerciales y establecimientos y centros comerciales con superficie de venta de más de 400 metros cuadrados: cerrados, excepto establecimientos que venden productos de primera necesidad.

Actividades culturales
Cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo.
Se suspenden las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.

Actividades recreativas
Abiertos los parques infantiles fina s las 20h, con un aforo del 50%.
Cerrados: espacios infantis lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.

Más información aquí.

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