26 Sep Medidas urgentes en el ámbito de la energía (Régimen retributivo cogeneración, reducción IVA gas y servicio de respuesta activa de la demanda)
Le informamos de la publicación en el BOE del Real decreto ley 17/2022 de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo en las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del impuesto sobre el valor añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.
Les detallamos las principales medidas:
• Artículo 1. Renuncia de las cogeneraciones al régimen retributivo específico a efectos de la aplicación del mecanismo regulado en el Real decreto ley 10/2022:
Se regula un nuevo tipo de renuncia voluntaria al régimen retributivo específico para las instalaciones de cogeneración, de modo que las instalaciones que renuncien al régimen retributivo específico puedan solicitar su inclusión en el mecanismo de ajuste regulado en el Real decreto ley 10/2022, siempre que este mecanismo de ajuste se encuentre en vigor. Durante el período en que resulte de aplicación la renuncia, que será el comprendido entre el primer día del mes siguiente a la fecha de comunicación de la renuncia y la fecha de finalización del citado mecanismo de ajuste, las instalaciones no percibirán el régimen retributivo específico. No obstante, se regula la posibilidad de solicitar la finalización anticipada del período de aplicación de la renuncia, volviendo a aplicar el régimen retributivo específico.
• Artículo 5. Tipo del impuesto sobre el valor añadido aplicable temporalmente a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural
Para dar respuesta a la situación generada por el incremento de los precios del gas natural, dentro de los límites de la Directiva 2006/112/CE del Consejo relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2022, una reducción, desde el 21 al 5%, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural, a fin de aminorar su importe.
• Disposición adicional primera y Anexo II. Servicio de respuesta activa de la demanda
Se articula un servicio de respuesta activa de la demanda para el sistema eléctrico peninsular español, configurado como un producto específico de balance, para hacer frente a las situaciones de escasez de energía de balance proporcionada por otros servicios estándar de activación manual ya en funcionamiento. En particular, este servicio se articula mediante una subasta anual (a partir del 1 de noviembre de 2022) en el que se contratan las necesidades del producto específico de respuesta activa de la demanda, en base a los requerimientos de reserva detectados por el operador del sistema para cada período de aplicación del servicio, y en la que podrán participar todas aquellas unidades de programación de demanda conectadas al sistema eléctrico peninsular español que cumplan con los requisitos establecidos en este Real Decreto-ley.
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