Tal y como le indicábamos a la nuestra circular del 8 de abril sobre el desarrollo del sistema de facturación electrónica, donde le informábamos que, aunque el Real Decreto entraba en vigor a los veinte días de su publicación, su aplicación efectiva quedaba condicionada a la aprobación de una orden ministerial.
Os informamos que ya se ha publicado el  proyecto de orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica.

Si no hay cambios de última hora, la norma que se publicará próximamente en el BOE prevé que la entrada en vigor de la factura electrónica sea:

  • Para las empresas que facturen más de 8 millones de euros al año: 1 de octubre de 2027.
  • Para el resto de empresas, es decir, para las que facturen menos de 8 millones de euros al año: 1 de octubre de 2028.
  • La solución pública de facturación electrónica estará disponible en la sede electrónica de la AEAT, como mínimo, dos meses antes de la primera aplicación efectiva.

Empieza, pues, la cuenta atrás para la aplicación de la factura electrónica.

Recordemos que la facturación electrónica afectará a todas las empresas y autónomos en las operaciones entre empresas y autónomos (B2B), pero no en las que se hagan con particulares.

Por otra parte, aprovechamos para recordar que el VERIFACTU entrará en vigor el 1 de enero de 2027 para los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos.