Los asesores fiscales deben adoptar Medidas Rigurosas en Prevención del Blanqueo de Capitales y Canal de Denuncia

Los asesores fiscales deben adoptar Medidas Rigurosas en Prevención del Blanqueo de Capitales y Canal de Denuncia

En cumplimiento de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (Ley 10/2010, de 28 de abril), los asesores fiscales asumen un papel crucial en la salvaguardia de la integridad del sistema financiero y la prevención de actividades ilícitas. La normativa establece una serie de obligaciones formales y materiales que los asesores fiscales deben seguir para cumplir con estas responsabilidades.

Obligaciones Formales: Manual de Prevención, Representante Designado y Evaluación Externa

 

Una de las principales obligaciones impuestas es la aprobación y mantenimiento de un Manual de Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo. Este manual contendrá información detallada sobre medidas de control interno, como políticas de admisión de clientes, procedimientos de diligencia debida y conservación de documentos.
Además, los asesores fiscales deben designar a un Representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión, actuando como enlace de comunicación y, cuando sea necesario, como órgano de control interno. La formación anual de los empleados y la realización de exámenes anuales externos por expertos son requisitos indispensables para evaluar la eficacia de las medidas de control interno.

Obligaciones Materiales: Identificación, Información y Comunicación de Operaciones Sospechosas

 

En el ámbito material, destaca la obligación de establecer políticas de admisión de clientes y clasificar el riesgo que representan. La identificación formal del cliente y del titular real en el caso de personas jurídicas es esencial, así como la adopción de medidas de diligencia debida adaptadas al riesgo clasificado.
La normativa también exige la implementación de protocolos de comunicación interna para reportar incidencias, dudas y, en especial, operaciones sospechosas. La comunicación inmediata al Representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión sobre operaciones sospechosas es esencial, manteniendo la confidencialidad de la identidad del empleado que realiza la comunicación.

Canales de Denuncia: Cumplimiento con la Ley 2/2023

 

Con la reciente publicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, los asesores fiscales también deben implantar canales de denuncia en sus organizaciones. Esto refuerza aún más su compromiso con la transparencia, la ética y la lucha contra la corrupción.
Estas medidas no sólo aseguran el cumplimiento de ambas leyes, sino que fortalecen también la posición de los asesores fiscales como actores clave en la prevención de actividades ilícitas en el ámbito financiero y económico. Su compromiso con la transparencia y la ética refleja la importancia de su papel en la protección de la integridad del sistema financiero.

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